Es el momento de analizar e implantar las modificaciones introducidas por la IFRS 9 ya que, desde el 1 de enero de 2018 las entidades financieras tendrán que afrontar estos importantes cambios que aplicarán el criterio radical de pérdidas esperadas.
Con este nuevo criterio es con el que se deberán presentar las cuentas del primer trimestre del 2018.





Moderador de la jornada:
Sr. D. Enrique Ortega Carballo
• Introducción.
• Clasificación en Stages:el Stage 2.
• Pérdida esperada.
• Principales impactos en la banca.
• Aspectos contables – fiscales de la aplicación de la IFRIC 9.
• Metodología de la posible pérdida estimada/pérdida incurrida: estructuras de arbitraje.
• Principales novedades de la NIIF 9.
• Efecto fiscal de la NIIF 9.
• Impacto fiscal del deterioro del valor.
• Otras cuestiones fiscales de interés.
• Impacto de IFRS 9 en España y países europeos: solvencia y política de concesión de crédito:
- Impacto del stage 2 en provisiones: a la entrada en vigor y en posibles efectos pro-cíclicos futuros. Factores mitigantes.
- Operaciones reestructuradas o refinanciados: créditos deteriorados y no deteriorados.
- Mayores requisitos de provisiones para cubrir el colateral en los quebrantos (NPLs).
Moderador de la jornada:
Sr. D. Enrique Ortega Carballo
• Introducción.
• Clasificación en Stages:el Stage 2.
• Pérdida esperada.
• Principales impactos en la banca.
• Aspectos contables – fiscales de la aplicación de la IFRIC 9.
• Metodología de la posible pérdida estimada/pérdida incurrida: estructuras de arbitraje.
• Principales novedades de la NIIF 9.
• Efecto fiscal de la NIIF 9.
• Impacto fiscal del deterioro del valor.
• Otras cuestiones fiscales de interés.
• Impacto de IFRS 9 en España y países europeos: solvencia y política de concesión de crédito:
- Impacto del stage 2 en provisiones: a la entrada en vigor y en posibles efectos pro-cíclicos futuros. Factores mitigantes.
- Operaciones reestructuradas o refinanciados: créditos deteriorados y no deteriorados.
- Mayores requisitos de provisiones para cubrir el colateral en los quebrantos (NPLs).
Cambia igualmente el calendario en la dotación de las provisiones y para cada clase de préstamo, obligando a reconocer en el momento de la concesión del crédito el valor razonable y no su precio de transacción.
Es pues el momento de analizar e implantar las modificaciones introducidas por la IFRS 9, ya que en pocos meses habrá que afrontar estos cambios normativos que aplicarán el criterio radical de pérdidas esperadas.
Por todo ello, esperamos que esta conferencia del próximo 15 de marzo sea de su interés y tengamos la oportunidad de saludarle personalmente.
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